Raisa

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son los Almacenes Generales de Deposito?

Son empresas privadas debidamente autorizadas para operar con depósito de mercancías, donde la empresa se compromete a la guarda, custodia y almacenaje, entregando al depositante unos resguardos representativos de aquellas, llamados “Certificados de Depósito”. Mediante tales documentos se pueden pignorar bienes, sin necesidad de retirarlos materialmente del almacén.

Los Almacenes Generales de Depósito son establecimientos que tienen por objeto la guarda y conservación de toda clase de productos y con la facultad de expedir certificados de depósito y bonos de prenda.

¿Qué es un Certificado de Deposito?

Se entiende por él deposito realizado en Almacenes Generales de acuerdo a la cantidad, calidad y valor depositario se compromete al almacenamiento, guarda y conservación de mercaderías o productos mediante la expedición de un Título – Valor denominado “Certificado de Deposito”.

El Certificado de Depósito es el documento que acredita la propiedad de las mercancías y productos en los Almacenes Generales de Depósito, expedido por su dueño o representante legal debidamente autorizado.

¿Qué es un Bono de Prenda Warrant?

Es un Título – Valor e instrumento financiero que permite a partir del compromiso de mercadería en garantía, la obtención de financiamiento externo.

Los Bonos de Prenda son documentos expedidos por los Almacenes Generales de Depósito, a los fines de acreditar la constitución de garantía prendaria sobre las mercancías bajo su guarda y custodia.

BONOS DE PRENDA: Son títulos de crédito expedidos por Almacenes Generales de Depósito que comprueban la constitución de un crédito sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado de depósito correspondiente.

¿Cuál es la finalidad del Warrant y cómo opera?

  • La finalidad es el almacenaje, conservación y custodia de mercaderías en general, para cubrir las necesidades del cliente de garantías sobre inventarios y/o realizar la administración y custodia de la mercadería "comprometida" en garantía en recintos propios, Zonas Francas, Recintos Aduaneros o depósitos del cliente siempre que se adecue a los requisitos de RAISA.
  • Al recibir las mercaderías o productos en depósito, RAISA extiende un Certificado de Depósito que es el documento representativo de las mercaderías amparadas por él, incorpora los derechos del depositante sobre las mercaderías depositadas y está destinado a servir como instrumento transferible 
  • Si la mercadería depositada cumple con las condiciones para respaldar una garantía, RAISA emitirá un Bono de Prenda, también conocido como "Warrant", el mismo incorpora un crédito prendario sobre las mercaderías amparadas en el Certificado de Depósito. Confiere por sí mismo los derechos y privilegios de la prenda. "Es un título valor de contenido crediticio".

¿Cómo se accede al Warrant?

El cliente, negocia con el financiador de su preferencia un préstamo o línea de crédito con garantía de sus inventarios. El financiador evalúa la mercadería y determina su aprobación como garantía, solicitando a la Almacenera, la emisión de los Títulos Valor para garantizar su operación.

¿En qué ciudades del país esta RAISA?

RAISA tiene su oficina central en la ciudad de Santa Cruz y una agencia fija en la ciudad La Paz.

¿Con que financiadores trabaja RAISA?

RAISA es una empresa de Servicios Financieros Complementarios, habilitada legalmente por el Código de Comercio y la Ley N° 393 de Servicios Financieros. Cuenta con una experiencia de más de 31 años en el ramo y con la confianza de financiadores nacionales e internacionales. Por lo tanto, está habilitada para trabajar con todos los financiadores llámense Bancos, Fondos Financieros o Terceras personas naturales y/o jurídicas legalmente establecidos que posean la capacidad de financiar a un tercero bajo la modalidad de garantía “Warrant”.

¿Qué facilidades otorga RAISA (Warrant) a las operaciones de Comercio Exterior, exportaciones e importaciones?

Almacenes Internacionales S.A. (RAISA) está habilitada por el Cogido de Comercio Art. 1190 y 1191, y la Ley N° 393 de Servicios Financieros para emitir Bonos de Prenda con mercadería en tránsito. Por lo que RAISA se convierte en gran apoyo al sistema financiero, en el control y seguimiento de las mercaderías en tránsito desde y hacia el país.

¿Cuándo se protesta un Bono de Prenda Warrant?

RAISA, previa notificación por escrito del acreedor prendario o tenedor del Bono de Prenda hará constar en el Bono de Prenda la falta de provisión oportuna de fondos por parte del depositante, esta anotación surte efectos de Protesto.

¿Cuándo se Subasta un Bono de Prenda Warrant?

Una vez Protestado el Bono de Prenda y dentro de los ocho días siguientes, su tenedor debe, mediante carta notarial, solicitar a RAISA la Subasta de la mercadería depositada, la que debe efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la solicitud.

¿Cuándo de Cancela la operación Warrant?

El Certificado de Deposito y Bono de Prenda, llegan a cancelarse una vez que el Deudor hubiera cancelado en su integridad la deuda contraída con el acreedor prendario o en su defecto el Bono de Prenda posteriormente al proceso de Subasta a partir de la adjudicación de la mercadería subastada por parte del financiador y/o tercera persona.

¿Que ventajas tiene el financiador y/o acreedor?

La Banca en particular y las entidades financiadoras en general, encuentran en el sistema “Warrant” un sólido respaldo en sus actividades crediticias, alguna de las cuales son:

  • Rapidez en constitución de la operación, RAISA comprueba la cantidad, calidad, valor y derecho propietario de la mercadería que tiene el depositante, para constituir una garantía prendaria.
  • Todo Certificado de Deposito – Bono de Prenda, tiene y está respaldado por una póliza de seguro acorde con la naturaleza de la mercadería y los predios de resguardo.
  • Fácil y rápida ejecución, en el caso en que el deudor no hubiera pagado oportunamente su obligación o si el vencimiento del préstamo no fuere prorrogado, el Almacén procede a requerimiento escrito del acreedor, a anotar la falta de pago, lo que equivale al “Protesto”. Dentro de ocho días del Protesto, el acreedor tiene derecho a solicitar a RAISA directamente y sin orden judicial alguna, que realice por medio de martillero público, el Remate Público

DENUNCIAS, RECLAMOS, CONSULTAS

¿Qué es el punto de reclamo?

Es un servicio totalmente gratuito para el cliente, está controlado y regulado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). Hay un Punto de Reclamo en cada oficina central, sucursal y agencia, dispuesta a atender todos tus reclamos financieros.

¿Cómo se puede presentar un reclamo?

  • Personalmente: En cualquiera de nuestras oficinas Santa Cruz y La Paz. El encargado de Punto de reclamo, así como el Jefe Nacional de Operaciones y Punto de reclamo de la Oficina están habilitados para atender y registrar tu reclamo, los cuales te solicitarán detallar el caso en el Formulario de Reclamo o una carta de instrucción, de acuerdo al tipo de reclamo presentado.
  • Escrito: Presentando una carta en cualquiera de nuestras Oficinas Santa Cruz y La Paz
  • Página Web: Mediante la página Web de RAISA, en la opción Punto de Reclamo, registrando todos los datos en los campos requeridos.
  • ASFI: Mediante los centros de consulta de ASFI en los 9 departamentos y la aplicación “ASFI MÓVIL”

Al momento de presentar tu reclamo, debes adjuntar toda la documentación de respaldo requerida de acuerdo al caso, misma que permitirá el análisis y verificación correspondiente.

¿Qué debes recibir al momento de realizar tu reclamo?

Cuando te apersones a RAISA a realizar tu reclamo, una vez registrado el mismo, se te entregará un comprobante donde se especifique el número único asignado para el seguimiento de tu reclamo. Así también, si el reclamo fue registrado por Página Web de RAISA, el sistema de manera automática generará el comprobante a tu reclamo.

¿En qué plazo RAISA debe responder tu reclamo?

RAISA debe responder tu reclamo en un plazo de 5 días hábiles administrativos a partir de la fecha que se presentó el mismo. Sin embargo, existen reclamos que por su naturaleza requieren un plazo mayor, el cual te será informado oportunamente de forma escrita. La respuesta a tu reclamo será:

  • Oportuna: Dentro del plazo establecido
  • Íntegra: Completa, imparcial y verificable
  • Comprensible: Con palabras claras y de fácil entendimiento
  • Expresa: Mediante comunicación escrita

Reclamos en Segunda Instancia

En caso de no estar conforme con la respuesta recibida:

  • Puedes solicitar la reconsideración de tu reclamo a RAISA
  • Realizar tu reclamo en la Defensoría del Consumidor Financiero de la ASFI, disponible en todas sus oficinas. Esta instancia solicita la rexaminación del reclamo por parte de RAISA, el cual remitirá su respuesta a la ASFI para la determinación de una solución definitiva.

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